LA OPOSICIÓN: CRÍTICA, CONTROL Y ORIENTACIÓN ALTERNATIVA DE GOBIERNO.


LA OPOSICIÓN, crítica, control y orientación alternativa de gobierno.


                                                                                             Por Cuauhtémoc Sotelo Rosas.


“El funcionamiento de todos los regímenes políticos es eficazmente explicable solo en la medida en que se explican las relaciones entre Gobierno y oposición.”
Gianfranco Pasquino, “Oposición, gobierno sombra, alternativa”, en La oposición en las democracias contemporáneas, Editorial Universitaria de Buenos Aires, Buenos Aires, 1997.

L as señales autoritarias y de desatinos políticos y económicos que muchos consideran perjudiciales para el país y que se han dado desde el poder político en México, por parte del nuevo grupo que se ha hecho del poder en las últimas elecciones –señales y actos suficientemente expuestos públicamente-, desde meses antes de que el nuevo presidente de la República asuma su cargo (lo hará este 1 de diciembre), han provocado incertidumbre y temor no solo a los inversionistas nacionales y extranjeros y a los llamados “mercados de capital”, sino también y más preponderantemente, a amplios grupos de ciudadanos ubicados sobre todo, en los electores que no votaron por Andrés Manuel López Obrador (En cifras cerradas, López Obrador ganó las elecciones con 30 millones de votos, en un padrón electoral de 91 millones de electores, con 63 por ciento de participación total en las urnas. Fuente: INE).

Es verdad que los ciudadanos podemos defendernos ante el abuso del poder, recurriendo a los derechos y garantías constitucionales y legales que tenemos en el ordenamiento jurídico, pero también es cierto que hay una notable debilidad en la construcción de nuestro Estado de Derecho, así como de un deficiente desarrollo institucional de varias de nuestras instituciones que son pilares para hacer efectivos esos derechos y garantías, lo que muchas veces causa impotencia y desamparo. Certeza y seguridad jurídicas, si bien consagradas en el texto constitucional, son materias aún pendientes de garantizar plenamente su eficacia por nuestro Estado de Derecho.

Ante la ausencia de una oposición de los estamentos propiamente políticos y también la ausencia, pasmo, poca imaginación política y marginalidad de una oposición parlamentaria en las Cámaras legislativas mexicanas, estamos presenciando en el país que la función opositora se ha trasladado a los medios de comunicación, al no cumplir los órganos parlamentarios el papel de Tribuna de la Oposición pública.

Hace más de cien años (¡Cien años! Los latinos ya sabían esto: nihil novi sub sole, “no hay nada nuevo bajo el sol”), un brillante pensador y jurista judío-alemán, orgullo de la Universidad de Heidelberg, Georg Jellinek, hijo de un rabino culto (aludo la estirpe judía de Jellinek para resaltar, admirándola, como decía mi maestro Pablo Lucas Verdú -decano ilustre de la Universidad de Salamanca y de la Complutense de Madrid-, la dimensión cultural "no simplemente erudita" que informa al Derecho constitucional inspirado en la tradición judeo-cristiana secularizada), uno de los padres de la Teoría del Estado, decía: "los tiempos en que la tribuna parlamentaria era el único lugar para influir en el Gobierno efectivamente pasaron hace mucho. El desarrollo de la prensa en las últimas décadas ha sido tan enorme, que su fuerte crítica de los abusos públicos ha logrado, a menudo, más éxitos que la crítica parlamentaria, de suerte que, tal vez, sea capaz de determinar, con mayor eficacia, el curso legislativo que los partidos parlamentarios dominantes. Claramente se advierte, si bien como es natural no en forma jurídica ordenada, cómo se ha configurado un nuevo modo de responsabilidad de los gobiernos ante el pueblo, cuya opinión multívoca se expresa a través de la prensa". (Georg Jellinek, Reforma y mutación de la Constitución, Centro de Estudios Constitucionales, Madrid, 1991, págs. 85-86).

Asistimos ahora mismo, en México, a un fenómeno propio de las sociedades democráticas, consistente en que la función opositora de la crítica y control público al poder, se ejerce predominantemente y a menudo con más fuerza, por los particulares en los medios de comunicación.

Sin embargo, se sabe que para que funcione razonablemente bien, con sus límites y fallas, una democracia representativa, se requiere igualmente que una República representativa como la nuestra, articule institucionalmente –en sedes parlamentarias me refiero particularmente- los procesos, demandas e intereses políticos en los que los parlamentarios (representantes) de la oposición legitiman una función esencial para un Estado democrático.

Ya lo decía el ilustre Ralf Dahrendorf a propósito de la teoría del conflicto social, que: “corresponde a la oposición asegurar, en cambio, nuevamente en cada oportunidad, que las fuerzas de la transformación puedan encontrar una adecuada expresión institucional” (Dahrendorf, “Declinación de las oposiciones y minorías morales”, en Micromega, abril-junio, 1988, p. 87).

Resulta evidente que una oposición parlamentaria no puede quedarse fuera del juego de las relaciones con el Gobierno ni siquiera cuando no quiere o no le sea posible en el mediano plazo sustituirlo, toda vez que significaría renunciar a una de sus funciones más preciadas: la de ejercer el control político-administrativo de los actos del Gobierno, delineando así una importante función política en un sistema que no prevé una responsabilidad directa del Ejecutivo frente a las Cámaras representativas.

Así, como el sistema todavía no ha absorbido la mayoría de las tensiones sociales, el Gobierno necesita (se dice, un gobierno democrático), para integrar la voluntad estatal, la participación de la oposición. Desde finales de los años setenta del siglo pasado, Manuel García-Pelayo afirmaba que a la lucha por la participación en la formación de la voluntad estatal, a través de los partidos, se articula la lucha por la participación, en la distribución de bienes y servicios llevada a cabo por el Estado.

Me queda claro que esta labor propositiva, principalmente le quedará a la oposición, a la oposición parlamentaria (tan débil como quedó tras las pasadas elecciones federales y en algunos estados. Pero también existe lo que se llama oposición extraparlamentaria, oposición social, que es aquella que podemos hacer todos quienes podamos hacer crítica, sin necesidad de tener un cargo, puesto o función dentro del aparato estatal. La oposición en las organizaciones civiles, en las no gubernamentales, en los organismos de derechos humanos, en las universidades, en la academia.

Como lo enseñaba el gran jurista Giuseppe De Vergottini, profesor de derecho público comparado, docente de derecho constitucional en la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad de Bolonia (Opposizione parlamentare, en Enciclopedia del Derecho, vol. XXX, Giuffré, Milán, 1980), al hacer la distinción entre oposición-función y oposición-organización:

La primera puede ser desarrollada también por sujetos o institutos diferentes de los grupos parlamentarios, como las cortes constitucionales, los tribunales, el bicameralismo, el federalismo y, en general, todos aquellos mecanismos ínsitos en la separación de poderes y en la articulación de las garantías. En este caso estamos frente a la incorporación o institucionalización de la función de la oposición en el ordenamiento democrático.” La segunda, en cambio (oposición-organización), está situada dentro de las cámaras legislativas y designa a las fuerzas políticas minoritarias respecto de las de la mayoría.

Se olvida con demasiada frecuencia, apunta Gianfranco Pasquino, que la historia del desarrollo de la democracia, cualquiera sea el modo en que sea narrada y analizada, está hecha precisamente de las múltiples tentativas de afirmación (en todos los sentidos, comprendido el del acceso al gobierno) de la oposición y de las correspondientes tentativas de represión por parte de las autoridades vigentes (gobiernos formalmente constituidos o no). Gianfranco Pasquino, “Oposición, gobierno sombra, alternativa”, en La oposición en las democracias contemporáneas, Editorial Universitaria de Buenos Aires, Buenos Aires, 1997.

“La función opositora, en efecto, puede ser desarrollada contemporáneamente por y dentro de una multiplicidad de instituciones político-jurídicas del estado de derecho democrático”. Oreste Massari, “Naturaleza y rol de las oposiciones político-parlamentarias”, en Gianfranco Pasquino, La oposición en las democracias contemporáneas, Editorial Universitaria de Buenos Aires, Buenos Aires, 1997.

Por todo ello, es saludable, positivo y bienvenido -además de necesario- que en una sociedad democrática sus ciudadanos participen, se involucren y realicen las funciones de oposición social o extraparlamentaria (leal, democrática, legal, constitucional dentro del sistema) desde la tribuna de los medios de comunicación, aunque debe decirse también, que dentro de un sistema democrático y representativo de Derecho, es indispensable -lo mismo que insustituible- que los representantes en las cámaras legislativas a quienes les toque desempeñar la función de oposición parlamentaria, realicen efectivamente dicha función, sin ser omisos o reticentes en ella, ya que la crítica de los actos del poder o de la mayoría legislativa, desempeñan una función de control y orientación de las decisiones políticas y, eventualmente, representarán una alternativa de arribar al gobierno cuando las citas electorales lo dispongan, elementos todos que deben siempre estar disponibles para el ciudadano democrático y el buen funcionamiento de la democracia, alejándose así lo más posible, de los afanes autoritarios de los que hay mucha tentación en estos tiempos.

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